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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
342579
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 271

EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 271

Precedentes

Queja en amparo civil 22/49. Andressen Gerardo. 9 de julio de 1951. Mayoría de tres votos. El Ministro Roque Estrada no votó en este negocio, por las razones que expresa en el acta del día. Disidente: Hilario Medina. Relator: Agustín Mercado Alarcón. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917- 1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 386, tesis 134, de rubro "EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO. EXCESO O DEFECTO.".
Registro digital (IUS): 342579