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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342581
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 328
DIVORCIO, ANOTACION MARGINAL DEL, EN EL ACTA DE MATRIMONIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 328
La circunstancia de que no exista constancia respecto a la anotación marginal del divorcio en el acta de matrimonio no puede implicar la inexistencia del fallo de divorcio, ya que la falta de esa anotación no puede tener como consecuencia la subsistencia del vínculo matrimonial cuya disolución ya fue pronunciada por la autoridad judicial.
Precedentes
Amparo civil directo 7363/50. Bonilla Contreras José. 11 de julio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.