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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
342603
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 602

IMPEDIMENTOS DE LOS JUECES DE DISTRITO EN EL AMPARO, CASOS EN QUE QUEDA SIN MATERIA LA CALIFICACION DE LOS.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 602

Precedentes

Impedimento 1/51.María Ramona Riveroll de Pellón. 20 de julio de 1951. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 342603