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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342603
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 602
IMPEDIMENTOS DE LOS JUECES DE DISTRITO EN EL AMPARO, CASOS EN QUE QUEDA SIN MATERIA LA CALIFICACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 602
Si cambió el titular del juzgado de distrito contra el cual se hizo valer el impedimento la calificación de éste queda sin materia, y así debe comunicársele al Juez Titular actual, para que continúe el procedimiento en el juicio de garantías.
Precedentes
Impedimento 1/51.María Ramona Riveroll de Pellón. 20 de julio de 1951. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.