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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
342617
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 877

PROFESIONES, EJERCICIO DE LAS (PROCURADORES EN JUICIO. LEGISLACION DE CHIHUAHUA).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 877

Precedentes

Amparo civil directo 4765/47. García de Erives Amanda y coagraviado. 30 de julio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Vicente Santos Guajardo no intervino en esta resolución, por las razones que constan en el acta del día. Relator: Roque Estrada.
Registro digital (IUS): 342617