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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342622
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 999
DOCUMENTOS, OBJECIONES A LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 999
La objeción a un documento no es válida si no se prueba el motivo que se tenga para hacerla; por lo que si en el caso, se tachó de simulada la compraventa que aparece haberse concertado en el documento, debió probarse la simulación.
Precedentes
Amparo civil directo 3234/51. López Manuel. 2 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Vicente Santos Guajardo, no intervino por las razones que constan en el acta del día. Relator: Roque Estrada.