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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342676
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1683
TITULOS DE CREDITO, OMISION DE REQUISITOS EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1683
No es exacto que sólo el girador o emisor pueda llenar las menciones o requisitos faltantes en un título de crédito, pues el mismo beneficiario puede satisfacerlos, siempre que lo haga oportunamente y dentro de los límites convenidos, salvo el caso de que el requisito faltante sea la firma del girador.
Precedentes
Amparo civil directo 3805/51. Otero Crespo José. 20 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Vicente Santos Guajardo no votó por las razones que se asientan en el acta. Relator: Agustín Mercado Alarcón.