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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342688
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1754
SERVIDUMBRES DE PASO (LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1754
Si se reclamó el reconocimiento de una servidumbre legal de paso, con apoyo en los artículos 988 y 995 del Código Civil, debió probarse con toda precisión, que el lugar señalado en la demanda era la única salida a la vía pública, que tenía el predio del actor.
Precedentes
Amparo civil directo 3811/51. Alcantar Felipe. 22 de agosto de 1951. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.