Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/342709
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342709
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2081
CONTRATOS NATURALEZA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2081
Es principio general de derecho, que la naturaleza de los contratos, no se deriva de la denominación que les dan los contratantes, sino de las obligaciones y derechos recíprocos, que las partes estipulan en el convenio o contrato, siendo otro principio general de derecho, que la interpretación de los contratos debe hacerse relacionando unas cláusulas con otras y el objeto real que las partes se propusieron alcanzar por medio de sus estipulaciones.
Precedentes
Amparo penal directo 593/50. Bola de Nieve, S. A. 3 de septiembre de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis G. Corona. Disidente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.