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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342730
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2476
CONCEPTOS DE VIOLACION DEFICIENTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2476
Si el quejoso no expone razón alguna para justificar por qué considera violados, o inobservados indebidamente, los preceptos legales que cita en su demanda de amparo, debe negarse la protección federal solicitada, por ser deficientes los conceptos de violación.
Precedentes
Amparo civil directo 2829/51. Aleas Rosario y coagraviada. 13 de septiembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. Ponente: Vicente Santos Guajardo.