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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342778
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 173
DOCUMENTOS FUNDATORIOS DE LA ACCION (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 173
El artículo 189, fracción II, del Código de Procedimientos Civiles establece que el actor debe acompañar a su demanda "los documentos en que se funde la acción que intente"; y por estar dicho precepto colocado dentro de las reglas generales del procedimiento, es aplicable a todas las especies de juicio.
Precedentes
Amparo civil directo 4371/50. "Casino Tampiqueño", A. C. 4 de abril de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Hilario Medina. Disidente: Carlos I. Meléndez. Relator: Agustín Mercado Alarcón..