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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342788
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 350
ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL, PRUEBA DE LA JUSTIFICACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 350
Si la acción del divorcio se funda en el abandono del domicilio conyugal por el demandado, no es necesario que la actora aporte pruebas cuando el reo se excepciona diciendo que para dicho abandono tuvo causa justificada, pues en tal caso, la prueba del abandono se encuentra en la confesión del demandado y a éste corresponde demostrar la existencia de la causa justificada.
Precedentes
Amparo civil directo 458/49. Christie Alicia Carolina. 6 de abril de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Hilario Medina. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.