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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342859
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 952
NULIDAD DE ACTUACIONES (SUSPENSION IMPROCEDENTE).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 952
Si la resolución reclamada por la quejosa, se limita a declarar la nulidad de lo actuado en el expediente que se formó con motivo del apeo y deslinde solicitado por aquélla, de ciertos lotes, basta una simple reflexión para comprender que esa resolución de nulidad, no produce consecuencia alguna directa susceptible de ser suspendida.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7528/48. Compañía Negociadora de Bienes Raíces, S. A. 28 de abril de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.