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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342873
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1031
ALIMENTOS A LOS HIJOS MENORES, EN CASO DE DIVORCIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1031
La circunstancia de que se hayan estipulado alimentos para la esposa, en el convenio de divorcio, no puede implicar el desconocimiento de los derechos del hijo menor, pues éstos en nada pueden resultar afectados por aquella estipulación, dado que la ley los consagra en todo caso y en forma irrenunciable.
Precedentes
Amparo civil directo 4283/50. Espinosa Armando. 3 de mayo de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.