Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/342909
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
342909
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1249

ACTAS DEL REGISTRO CIVIL, FALSEDAD DE LAS.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1249

Precedentes

Amparo civil directo 6007/48. López Landa José Francisco. 7 de mayo de 1951. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no votó en este asunto, por la razón que se expresa en el acta del día. Relator: Agustín Mercado Alarcón.
Registro digital (IUS): 342909