Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/342956
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342956
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2239
DIVORCIO, INJURIAS COMO CAUSAL DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2239
Las injurias graves que se invoquen como causal para el divorcio, deben fijarse expresamente en la demanda, con expresión del lugar y tiempo en que se hayan proferido, para que el demandado pueda defenderse.
Precedentes
Amparo civil directo 4240/46. Vázquez Urzúa Herlinda. 25 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. Relator: Roque Estrada.