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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342982
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 271
ARRENDAMIENTO, CONTRAFIANZA IMPROCEDENTE TRATANDOSE DE JUICIOS SOBRE TERMINACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 271
La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia sobre improcedencia de la admisión de contrafianza tratándose de juicios de lanzamiento, es aplicable a los casos en que de aceptarse la contrafianza, se producirían iguales consecuencias jurídicas; y esto sucede cuando la sentencia reclamada en el amparo, dictada en un juicio sobre terminación de contrato de arrendamiento, condena al inquilino a la desocupación de la localidad arrendada, pues otorgada la contrafianza, de no desocupar el arrendatario la localidad en el término fijado en la sentencia, se procedería a su lanzamiento. En tal hipótesis, la admisión de la contrafianza afectaría derechos del inquilino que no son estimables en dinero, ya que la providencia respectiva le causaría perjuicios no sólo de orden económico, sino de orden moral, acarreándole vejaciones y descrédito, los cuales no serían reparables aunque obtuviese sentencia favorable.
Precedentes
Tomo CVII, página 2719. Indice Alfabético. Queja 620/50. Cueva Ricardo de la. 29 de enero de 1951. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. Relator: Agustín Mercado Alarcón.
Tomo CVII, página 271. Queja en amparo civil 468/50. Mendoza de Mata Raquel. 15 de enero de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Disidente: Roque Estrada. Relator: Hilario Medina.