Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/342983
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342983
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 275
AUTORIZADOS PARA OIR NOTIFICACIONES, TITULOS PROFESIONALES DE LOS EXPEDIDOS EN EL EXTRANJERO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 275
El artículo 27, reformado, de la Ley de Amparo, autoriza al quejoso a designar para oír notificaciones en su nombre, a cualquiera persona con capacidad legal. Ahora bien, si la persona designada no justificó que su título respectivo esté en tramite ante la Dirección de Profesiones, pero obra en autos una copia certificada de dicha dirección, en la que aparece que está en tramite la revalidación del título profesional de aquella persona, expedido por una institución extranjera, debe decirse que mientras no se dicte la resolución correspondiente, no podría juzgarse a priori, el alcance del título profesional de que se trata y por lo mismo, el Juez de Distrito no debió desechar la personalidad del autorizado para oír notificaciones.
Precedentes
Queja en amparo civil 748/49. Anaya viuda de Velázquez Elvira. 15 de enero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.