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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343011
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 531
DOCUMENTOS FUNDATORIOS DE EXCEPCIONES, COMO PRUEBAS EN JUICIOS MERCANTILES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 531
Si al oponer la excepción de falta de personalidad el demandado ofreció expresamente como prueba, el documento que exhibió para justificarla, de ello se sigue que habiendo sido explícita su voluntad para que fuese tenido en cuenta dicho documento, era innecesaria ya la formalidad de que insistiera sobre esa voluntad, durante el término probatorio.
Precedentes
Amparo civil directo 967/42. Herrera de Quinta Rita. 25 de enero de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Mercado Alarcón.