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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343014
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 622
ACTOS RECLAMADOS INCIERTOS (REMATES).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 622
Si aunque el Juez responsable ordenó el remate de los bienes a que se refiere el quejoso, por resolución posterior, ordenó también la suspensión de tal diligencia, resulta que en el caso no hay materia para conceder suspensión alguna, ya que el remate y demás actos de ejecución que se reclaman, en vista de lo dispuesto por el Juez de los autos, toman el carácter de hechos futuros e inciertos, que por su naturaleza no admiten suspensión.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6322/50. García Pascual. 27 de enero de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.