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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343060
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1062
ARRENDAMIENTO, RESCISION DEL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1062
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia ha resuelto que la exhibición de las rentas, una vez que el inquilino incurrió en mora, ya no puede evitar los efectos de la rescisión, debiéndose considerar que por el solo hecho del incumplimiento, se surte la causa prevista por la fracción I del artículo 2489 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales.
Precedentes
Amparo civil directo 5284/49. Ferrer de Barrón María Luisa. 9 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.