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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343065
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 304
COMPETENCIA EN MATERIA MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 304
La fracción II del artículo 1104 del Código de Comercio, está concebida en tales términos, que debe entenderse que se refiere al caso en que le deudor haya designado expresamente en el contrato, el lugar para el cumplimiento de la deuda, pero no que tal cosa pueda presumirse.
Precedentes
Competencia 91/47. Suscitada entre los Jueces Primero de Letras del Ramo Civil de Monterrey, Nuevo León y del Ramo Civil de Culiacán, Sinaloa. 16 de enero de 1951. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.