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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343074
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1152
ALIMENTOS, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1152
La tesis que se refiere a que no cabe la suspensión porque en su pago existe interés público, sólo es aplicable al acreedor alimenticio y no a tercero extraño.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5834/48. Chávez Rico Raúl. 10 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.