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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343118
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1567
ARRENDAMIENTO, IRRETROACTIVIDAD DEL DECRETO DE 24 DE DICIEMBRE DE 1948, QUE PRORROGA LOS CONTRATOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1567
Si el mencionado decreto se expidió con posterioridad a la fecha en que se citó para sentencia en un juicio sobre terminación de un contrato de arrendamiento, ese ordenamiento no puede aplicarse en el juicio de que se trata, sin darle efectos retroactivos.
Precedentes
Amparo civil directo 1487/50. Bouquet de Degollado Soledad. 28 de febrero de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Mercado Alarcón y Vicente Santos Guajardo. Relator: Carlos I. Meléndez.