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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343121
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1579
ACTOS DERIVADOS DE OTROS CONSENTIDOS (EJECUCION DE SENTENCIAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1579
La ejecución de una sentencia consentida por no haberse interpuesto contra ella el recurso procedente, constituye un acto derivado de otro consentido, ya que tal ejecución es consecuencia forzosa, legal y necesaria del fallo que causó ejecutoria. Ahora bien, el juicio de amparo promovido contra actos derivados de otros consentidos, es procedente cuando aquéllos se impugnan por razón de vicios propios, lo que podría suceder tratándose de actos dictados en ejecución de una sentencia, que, por sí mismos, fueran violatorios de garantías; pero en tales circunstancias deben agotarse los recursos ordinarios que la ley concede para atacar dichos actos de ejecución, antes de acudir al amparo.
Precedentes
Amparo civil directo 6709/46. Serrano Josefa y coagraviada. 28 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.