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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343176
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2118
REIVINDICACION, IDENTIFICACION DEL PREDIO OBJETO DE LA ACCION DE (PRESUNCIONES)
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2118
Si el tribunal responsable, en uso de la facultad soberana que le concede la ley para calificar la prueba presuntiva, estimó que el terreno objeto del juicio reivindicatorio se hallaba plenamente identificado, y del estudio del conjunto de las pruebas aportadas al juicio, se advierte que efectivamente arrojan presunciones que, dado su enlace lógico, concurre a justificar la conclusión obtenida por la responsable, no puede decirse que ésta haya incurrido al respecto, en violación alguna.
Precedentes
Amparo civil directo 4458/46. Giottonini Prudencio. 30 de marzo de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos I. Meléndez.