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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
343179
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2132

DIVORCIO, ACTOS INMORALES COMO CAUSAL DE (LEGISLACION DE PUEBLA).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2132

Precedentes

Amparo civil directo 8872/46. Ruiz de Luna Elena. 30 de marzo de 1951. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no intervino por las razones que constan en el acta del día. Relator: Roque Estrada.
Registro digital (IUS): 343179