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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343206
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2446
FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA (ARRENDAMIENTO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2446
La fianza para que surta efectos la suspensión en el amparo promovido contra la sentencia condenatoria dictada en un juicio sobre rescisión de un contrato de arrendamiento, no debe cubrir rentas adeudadas, sino prestar cierta seguridad al tercer perjudicado, por las rentas futuras que se causen durante la tramitación del juicio de garantías, mas los intereses respectivos.
Precedentes
Queja en amparo civil 123/50. Peña Alfaro Virginia. 9 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no votó por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo.