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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343224
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1511
DOCUMENTOS PRIVADOS, OBJECIONES DE LOS (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1511
Si al contestar la reconvención formulada por el demandado, el actor impugnó el documento privado exhibido por éste, la autoridad responsable carecía de base para pretender que la impugnación se repitiera durante la dilatación probatoria; y si frente a ese documento privado existía un documento público que presentó el demandante, la propia autoridad debió conceder el valor preferente a éste último, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 403 y 399 del Código de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Amparo civil directo 6881/42. Navarrete Lacroix Francisco y coags. 15 de noviembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.