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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343247
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 300
SERVIDUMBRES DE PASO, ACCION NEGATORIA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 300
El ejercicio de las acciones reales únicamente compete al titular del inmueble que les da origen; y la acción nugatoria de una servidumbre de paso, que como la confesoria, es real, sólo puede ejercitarse por el propietario del predio sirviente, y no por una persona ajena a éste o por quien sólo tenga sobre el mismo una posesión derivada.
Precedentes
Amparo civil directo 8964/48. Feria viuda de García Rosa. 9 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no intervino en la resolución de este negocio, por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Carlos I. Meléndez.