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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343248
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 299
SERVIDUMBRES DE PASO, NULIDAD DE CONVENIOS SOBRE CONSTITUCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 299
La acción de nulidad del convenio celebrado para la constitución de una servidumbre voluntaria de paso, compete exlusivamente al dueño o dueños del predio sirviente, y por lo mismo, carece de tal acción quien sólo tenga sobre dicho predio una posesión derivada.
Precedentes
Amparo civil directo 8964/48. Feria viuda de García Rosa. 9 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no intervino en la resolución de este negocio, por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Carlos I. Meléndez.