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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343300
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 926
PROMESA DE VENTA, INEXISTENCIA DE LA, FALTA DE FIJACION DEL PRECIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 926
Si en un contrato se establece que una de las partes se compromete, a firmarle a la otra la escritura de compraventa, tan luego como estén conformes en el precio de los bienes respectivos, de ello se advierte la falta del elemento precio y, consiguientemente, del consentimiento sobre el mismo, que constituye un requisito de existencia del contrato, de acuerdo con el artículo 1794 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales.
Precedentes
Amparo civil directo 4107/44. Neria Felipe y coaga. 25 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no votó en este negocio, por la razón que se expresa en el acta del día. Relator: Agustín Mercado Alarcón.