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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343303
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 926
PROMESA DE VENTA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 926
El contrato por el cual una de las partes se compromete a vender determinados bienes a la otra, en caso de que lleguen a convenir sobre el precio, y sin señalar para tal compromiso una limitación de tiempo, no puede constituir una promesa de venta, en los términos que nuestra ley civil exige.
Precedentes
Amparo civil directo 4107/44. Neria Felipe y coagraviada. 25 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no votó en este negocio, por la razón que se expresa en el acta del día. Relator: Agustín Mercado Alarcón.