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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343381
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1649
EJIDOS, RESOLUCIONES PRESIDENCIALES EN MATERIA DE DOTACION DE (PROPIEDAD, PRUEBA DE LA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1649
La declaración que contenga una resolución presidencial dotatoria de ejidos, respecto a quién es el propietario de un inmueble, no puede surtir efectos en el procedimiento civil, para tener por demostrado el derecho de propiedad sobre el inmueble, por tratarse de un fallo dictado en un procedimiento diverso, como lo es el agrario. Por otra parte, en muchos casos, las resoluciones en materia agraria contienen datos equivocados respecto a las personas que se mencionan en las mismas, como propietarias de las fincas afectadas, y así sucede que se toma por propietario de un inmueble al aparcero o al dueño de una finca vecina.
Precedentes
Amparo civil directo 3877/50. Bejarano Tomás, Suc. de. 22 de noviembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Agustín Mercado Alarcón. El Ministro Hilario Medina no voto en este negocio, por la razón que se expresa en el acta del día.