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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343390
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1665
COPIAS CERTIFICADAS EXPEDIDAS SIN CITACION CONTRARIA, NO CONSTITUYEN TITULOS EJECUTIVOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1665
La copia certificada de una sentencia ejecutoriada, expedida al solicitante sin citación de la parte contraria, no constituye un título que traiga aparejada ejecución y que como tal, haga procedente la vía ejecutiva.
Precedentes
Amparo civil directo 1030/45. Alcántara Luis. 22 de noviembre de 1950. Mayoría de tres votos. El Ministro Hilario Medina no votó por las razones expuestas en el acta del día. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.