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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
343406
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1786

SUCESIONES CUYOS BIENES NO EXCEDEN DE MIL PESOS, PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO TRATANDOSE DE. (LEGISLACION DE MICHOACAN).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1786

Precedentes

Amparo civil directo 9370/48. Sosa Vázquez Audelia. 23 de noviembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Vicente Santos Guajardo. El Ministro Hilario Medina no intervino en esta resolución por las razones que constan en el acta del día.
Registro digital (IUS): 343406