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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
343407
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1791

IMPEDIMENTOS DE LOS SECRETARIOS DE LOS JUZGADOS (NULIDAD DE ACTUACIONES (LEGISLACION DE GUANAJUATO).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1791

Precedentes

Amparo civil en revisión 7131/49. Cagigal de Riva Victoria. 23 de noviembre de 1950. Mayoría de tres votos. Disidente: Roque Estrada. El Ministro Hilario Medina no intervino en esta resolución por las razones que constan en el acta del día. Relator: Agustín Mercado Alarcón.
Registro digital (IUS): 343407