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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343420
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1991
INFORMACIONES AD PERPETUAM, NO DEMUESTRAN LA POSESION EN EL JUICIO DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1991
La protocolización de unas diligencias de información ad perpetuam rendidas en jurisdicción voluntaria, no acreditan la posesión que el promovente pretenda tener sobre los predios a que se refieran dichas diligencias, porque la prueba testimonial contenida en la información de que se trata, no satisface las formalidades que la ley exige para que tenga valor probatorio en el amparo.
Precedentes
Amparo civil directo. 2322/1949. Cortés Gómez María del Carmen. 27 de noviembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.