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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343423
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1998
LANZAMIENTO, CONTRAFIANZA IMPROCEDENTE EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1998
La Suprema Corte de Justicia ha establecido que no debe admitirse contragarantía en los casos de lanzamiento, pues, de otro modo, se afectarían derechos del inquilino y se le causarían perjuicios de orden económico y moral que serían irreparables, aun en el caso de que obtuviera sentencia favorable en cuanto al fondo del amparo.
Precedentes
Tomo CVI, página 2624. Indice Alfabético. Queja 539/50. David Camilo. 7 de diciembre de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: Hilario Medina. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Carlos I. Meléndez.
Tomo CVI, página 1998. Queja en amparo civil 436/50. Mena Sánchez Bernardino. 27 de noviembre de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: Hilario Medina. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Vicente Santos Guajardo.