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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343440
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2233
SOBRESEIMIENTO FUERA DE AUDIENCIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2233
El motivo en que se funde, al igual que el que sirve para desechar la demanda de garantías, tiene que ser claro y manifiesto, en los términos del artículo 145 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil, Revisión del auto de sobreseimiento 7251/50. Rubio María del Carmen. 7 de diciembre 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos I. Meléndez. El Ministro Hilario Medina no votó por las razones expuestas en el acta del día.