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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343448
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2304
PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER EN INCIDENTES DE COSTAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2304
Si la autoridad responsable negó la petición de la parte demandada para que se giraran oficios a la Dirección del Catastro, con el objeto de conocer el valor catastral de una finca y hacer la regulación de costas, y tal negativa obedeció a que no había lugar a proveer favorablemente a esa petición que equivalía a un ofrecimiento de prueba, porque el incidente de costas se tramita con un escrito de cada parte, debe decirse que lo anterior no impedía a la propia autoridad disponer, como diligencia para mejor proveer, que se girara el oficio al Catastro, en uso de la facultad discrecional para allegarse elementos que le sirvieran para decidir la regulación de costas.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2878/49. Ruiz viuda de Eguía Rita sucesión de. 8 de diciembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.