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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343530
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 649
DAÑOS Y PERJUICIOS EN LOS CASOS DE RESCISION DE CONTRATOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 649
El hecho de haberse decretado la rescisión de un contrato por falta de cumplimiento del mismo, no implica necesariamente que deba condenarse al pago de daños y perjuicios, pues para ello sería necesario que se demostrara que éstos fueron causados por la falta de cumplimiento del contrato.
Precedentes
Amparo civil directo 2415/40. Aello Ignacio. 21 de julio de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.