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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
343536
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 663

PRUEBAS EN EL AMPARO, NO PUEDEN TOMARSE EN CONSIDERACION, DE OFICIO, LAS QUE OBREN EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 663

Precedentes

Amparo civil en revisión 7607/49. Sánchez Trinidad D. 21 de julio de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Carlos I. Meléndez. Relator: Roque Estrada. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia 1065/54, publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1954, página 1923.
Registro digital (IUS): 343536