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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343542
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 704
MINAS, PRUEBA DE LOS BENEFICIOS OBTENIDOS CON LA EXPLOTACION DE LAS (PERJUICIOS, PRUEBA DE LOS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 704
Si mediante prueba documental ( recibos y liquidaciones) se acreditaron los beneficios obtenidos con la explotación y desarrollo de un fundo minero, el juzgador obró legalmente al tomar en consideración dicha probanza, por constar la misma en autos, para determinar las regalías demandadas por la actora, por concepto de perjuicios, independientemente del resultado de la prueba pericial rendida para ese efecto, ya que no siempre es necesaria esta probanza cuando existe otro elemento probatorio que determine los perjuicios.
Precedentes
Amparo civil directo 6088/49. The Fresnillo Company. 24 de julio de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Vicente Santos Guajardo.