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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343544
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 715
TITULOS PROFESIONALES, QUEJA IMPROCEDENTE CONTRA LA FALTA DE EXIGENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 715
La falta de exigencia, por el Juez de Distrito, del título profesional de abogado al apoderado judicial del quejoso en el amparo, no queda comprendida entre los motivos de queja que establece la fracción VI, del artículo 95, de la Ley Orgánica de los Artículos 103 y 107 Constitucionales, ya que la omisión de referencia no es de naturaleza trascendental y grave, ni puede causar daño o perjuicio a la parte recurrente.
Precedentes
Queja de amparo civil 494/49. Kurtz Norman. 24 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no votó en el asunto por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Roque Estrada.