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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343568
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 799
EMBARGO PRACTICADO EN BIENES SALIDOS DEL PATRIMONIO DEL DEUDOR, ILEGALIDAD DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 799
El embargo sólo puede ser eficaz cuando recae en bienes que corresponden al demandado, y no es jurídico que por no haberse inscrito oportunamente la compraventa, el acreedor del vendedor tenga derecho a secuestrar lo que ha salido del patrimonio de éste.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7342/49. Núñez Antonio. 26 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no estuvo presente por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia 136/85, publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, página 396.