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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343586
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 986
AGRAVIOS, QUIEN DEBE EXPRESARLOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 986
Si la resolución negativa, de la suspensión definitiva, agravia al quejoso, por no haber obtenido lo que solicita, es a quien pidió el amparo y no al tercero perjudicado, a quien corresponde exponer los agravios relativos.
Precedentes
Amparo civil. Revisión en el incidente de suspensión 2366/50. Portillo José Luis. 29 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.