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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343592
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1010
PERIODICOS, NOTICIAS DE LOS (PRUEBAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1010
Las noticias que se publican en los periódicos, nunca pueden ser consideradas como pruebas.
Precedentes
Amparo civil directo 3899/49. Aguilar de Abadía Carmelina. 31 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Vicente Santos Guajardo no intervino en la resolución de este negocio por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Carlos I. Meléndez.