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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343597
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1020
PRESUNCIONES, PRUEBA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1020
La presunción que se derive de los elementos probatorios aportados al juicio, debe ser tomada en cuenta por el juzgador, aunque dicha presunción no hubiese sido ofrecida como prueba.
Precedentes
Amparo civil directo 3961/49. Witzke Martha. 31 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Vicente Santos Guajardo no intervino en la resolución de este negocio por las razones que constan en el acta del día. Ponente. Carlos I. Meléndez.