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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343680
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1898
SUSPENSION, ALCANCE DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1898
Aunque el Juez de Distrito no fijó de una manera concreta el acto reclamado que es suspendido, esto no basta para revocar la suspensión definitiva concedida; si aunque el quejoso, en párrafos separados, pretende reclamar distintos actos, en realidad sólo reclama uno, y ese acto, o sus consecuencias es lo único que debe ser suspendido, con todos los efectos legales que produce la suspensión.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1064/49. Chablé Arturo. 28 de agosto de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.