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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343685
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1964
JUICIOS EJECUTIVOS MERCANTILES, EXCEPCIONES EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1964
En los juicios ejecutivos mercantiles son admisibles las siguientes excepciones: falsedad del título o del contrato contenido en él; fuerza o miedo; prescripción o caducidad del título; falta de personalidad en el ejecutante o falta de reconocimiento de la firma del ejecutado, cuando esto es necesario; incompetencia del Juez; pago o compensación; remisión o quita; oferta de no cobrar o espera, y novación de contrato. De estas defensas unas afectan a la forma del juicio, otras al fondo del negocio, pero el ejecutado también puede ocurrir a la apelación para objetar la naturaleza mercantil o común de la obligación; por no ser ésta líquida, de plazo vencido, etc., cuestiones no pueden tratarse de oficio en la sentencia definitiva. De modo que si el demandado no apela del auto ad exequendum, éste causa estado, y la vía y forma del juicio quedan establecidas de modo incontrovertible.
Precedentes
Amparo civil directo 2456/41. Proveedora, S. A. 30 de agosto de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y Roque Estrada. Ponente: Carlos I. Meléndez.